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C93: La Dignidad Humana: El Corazón de la Constitución Peruana de 1993

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¡Hola! Soy Jorge, y como apasionado del derecho peruano, siempre me fascina cómo nuestra Constitución Política de 1993 pone a las personas en el centro de todo. Hoy quiero hablarte sobre el Artículo 1, ese pilar que declara que la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Es un principio simple, pero poderoso, que influye en cada ley, decisión gubernamental y hasta en nuestra vida cotidiana. Vamos a desglosarlo de manera amena, como si estuviéramos charlando en una café en Lima, y te mostraré ejemplos ilustrativos para que veas cómo se aplica en la práctica. El artículo dice así:   Artículo 1.- La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. En esencia, este texto nos recuerda que todo en el Perú - desde las políticas públicas hasta las interacciones sociales - debe priorizar a las personas. Yo lo veo como una brújula que guía la actuación del Estado y de l...